| T.A.E. | Tasa anual equivalente. Es el indicador más fiable del auténtico coste del préstamo, es con el que se deben comparar las ofertas de las distintas entidades de financiación. En él se tiene en cuenta el tipo de interés, las comisiones, el plazo y los períodos de pago. |
| Tácita reconducción | Derecho del arrendatario a permanecer en la finca por igual tiempo al pactado (si nada se pactó, dependerá de la forma de abono de las rentas) si termina el contrato y no abandona aquélla sin que el arrendador se oponga a tal actitud. |
| Tanteo |
Facultad que, por ley o costumbre jurídica, tiene una persona para
adquirir alguna cosa con preferencia a los compradores y por el
mismo precio que éstos. El tanteo es uno de los derechos, junto con el de retracto, de los llamados de prelación. Sin embargo, mientras que el tanteo supone una preferencia de la persona para la adquisición de la cosa en el caso de que el dueño quiera enajenarla, el retracto equivale a un derecho de preferencia que determina persona tiene para que la adquisición de una cosa, cuando el dueño la ha enajenado, revierta en ella, subrogándose en el lugar del comprador mediante abono del mismo precio que éste entregó y los gastos de contrato que se le pudieren ocasionar. El tanteo puede ser convencional y legal, según se origine del acuerdo entre los interesados o venga determinado por las normas. |
| Tasación | Valoración de la vivienda objeto de la hipoteca. Tiene que ser realizada por un perito independiente de la entidad financiera. |
| Tasador | Persona que está públicamente habilitada para realizar tasaciones |
| Tipo de interés | Es el porcentaje de remuneración con el que el deudor retribuye el capital que le ha sido prestado. |
| Tipo de interés nominal | El que aparece en los contratos. |
| Titular dominical | Es la persona que ostenta la titularidad del dominio de un bien. Por ejemplo, el titular dominical de un piso es su dueño. |
| Título | Documento que demuestra la compra, modificación o extinción de un derecho real (i.e. la hipoteca). |
| Tomador | Persona a cuya orden se gira una letra de cambio, carta de crédito o documentos análogos |
| Transmisiones lucrativas | Las que se realizan sin ningún tipo de contraprestación (sucesiones y donaciones) |
| Transmisiones onerosas | Las que se realizan con contraprestación a cambio (Enajenaciones.) |
| Traspaso | Nombre que se da a la cesión cuando el objeto es un local de negocio. |
| Tuitivo | Que guarda, ampara y defiende. |