| Banco de España | Es el banco central que se encarga de supervisar la solvencia y comportamiento de las entidades financieras, asesorar al gobierno, realizar las estadísticas, informes y estudios necesarios relacionados con su responsabilidad y su posterior publicación, y cooperar con el SEBC (Sistema Europeo de Bancos centrales) para reunir la información que sea necesaria en la elaboración de estadísticas, dentro del cumplimiento de sus funciones. Es su labor también, ofrecer servicio de tesorería y financiero de la deuda Pública al Tesoro, además de a aquellas Autonomías que así lo soliciten. Las funciones en las que participa dentro del Sistema Europeo de Bancos Centrales son : definir y ejecutar la política monetaria de la Comunidad, ejecutar la política cambiaria y realizar operaciones de cambio de divisas, poseer y gestionar las reservas oficiales de divisas de los estados miembros, promover el buen funcionamiento del sistema de pagos y emitir los billetes de curso legal. |
| Base de Cálculo | El número de días utilizado en la fórmula para calcular los intereses. Según el año natural sería 36.500 y según el año comercial sería 36.000. La mayoría de entidades usan la base 36.000 ya que los intereses son algo mayores. |
| Base liquidable | Resultado de practicar en la base imponible las deducciones propias que la ley de cada tributo contempla, normalmente base imponible y base liquidable coinciden. |
| Bien inmueble | Las fincas y todo aquello unido inseparablemente a ellas ó que esté destinado a su servicio, así como los derechos sobre ellas. |
| Bienes inmuebles rústicos | Se consideran como tal los suelos que no tienen condición de urbanos, las construcciones de carácter agrario situadas en terrenos rústicos e indispensables para el desarrollo de las actividades agrícolas, ganaderas ó forestales. |
| Bienes inmuebles urbanos | Tiene tal naturaleza, el suelo urbano susceptible de urbanización, el urbanizable programado y el urbanizable no programado desde el momento en que se apruebe un programa de actuación urbanística. Los terrenos que se encuentren en alguna de estas circunstancias, dispongan de vías pavimentadas, encintado de aceras, alcantarillado, alumbrado público y suministro de energía eléctrica y agua, que estén ocupados por construcciones de naturaleza urbana. Las construcciones urbanas, edificios, instalaciones comerciales e industriales asimilables a los edificios. |
| Bienes mostrencos | Son aquellos que carecen de dueño conocido por no haberlo tenido nunca o por abandono, ausencia o muerte del titular sin haber dispuesto sobre el destino de los mismos. |
| Buena fe | Concepto que refleja la buena intención de una o varias de las partes contratantes, a la hora de firmar un contrato. |